
COMUNICADO SOBRE LA SITUACION DEL TURNO DE OFICIO Y LA ASISTENCIA JURIDICA GRATUITA
Aproximadamente desde el 2009, hemos asistido al deterioro del Turno de Oficio y al recorte de derechos de acceso a la asistencia jurídica gratuita. Así se recortaron las subvenciones que reciben los abogados adscritos a éste servicio. En el 2012 se redujo un 20% los baremos del 2003.
En el 2015 como gran logro el ICAM nos comunica que llegó al acuerdo con la Comunidad de Madrid de un incremento de forma parcial de los baremos del TO, de 10% para 2016, 7% para 2017 y 3% para 2018, con subida sólo en algunos procedimientos. Estamos hablando de recuperar honorarios de 2003 sin actualizar. Se cifra el trabajo de los abogados del turno de oficio a 2 euros la hora.
Actualmente la Comunidad de Madrid ha aprobado 40 millones de presupuesto para la justicia gratuita de los 402, 1 millones de euros destinados a justicia. Aumenta un 2, 3 % del presupuesto del año anterior, lo que a todas luces será insuficiente. Realmente no les importa la justicia, y menos la asistencia jurídica gratuita.
Toda esta situación lógicamente ha repercutido en el servicio para la ciudadanía en general como perceptora de este servicio público.
En Extranjería, los recortes vinieron impuestos por las trabas para el acceso a la justicia gratuita. Comenzaron cuando se dejó de designar a Procuradores en los procedimientos ante Juzgados unipersonales. Con esto ya recortaron el acceso a miles de personas, a pesar de que legalmente las personas extranjeras, tienen reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita en la Ley de Extranjería, por lo cual no se cumple la Ley ni el precepto constitucional de tutela judicial efectiva.
Es el TO de Extranjería, uno de los turnos más golpeados, realizamos actuaciones sin cobrar, así en rechazos en frontera, si a una persona no le reconocen el derecho a la asistencia jurídica gratuita, a pesar de haber realizado actuaciones el abogado, ya que éstas deben de realizarse de manera inmediata, los Letrados no cobramos. Y es además, el turno que no se beneficia de esa “subida porcentual” acordada en el 2015 por el ICAM y la Comunidad de Madrid.
Últimamente, se ha intentado repercutir el IVA (21%) en las actuaciones del turno de oficio, los servicios prestados por abogados y procuradores a los beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita al amparo de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita.
La Dirección General de Tributos en Resolución de 18 de junio de 1986 (BOE del 25 de junio) consideró que estos servicios no estaban sujetos al IVA al ser prestados con carácter obligatorio y gratuito en virtud del artículo 7.10º de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
No obstante, el Centro directivo cambia el criterio en sus consultas V0173-17 y V0179-17, de fecha 25 de enero de 2017, apoyado en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de julio de 2016, dictada en el Asunto C-543/14 y en la consideración de que los mencionados servicios se realizan a título oneroso.
En base a que:
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El servicio de asistencia jurídica gratuita se presta de manera voluntaria
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El servicio no es gratuito, siendo los honorarios satisfechos por el Estado
Así dice: “En consecuencia, considerando que los servicios de asistencia jurídica prestados por los abogados o procuradores a los beneficiarios de la asistencia jurídica gratuita son retribuidos no por dicho destinatario sino por un tercero, en este caso la Administración Pública competente, se llega a la conclusión del carácter oneroso de tales servicios, formando parte la base imponible de dicha prestación la retribución que perciban con cargo a fondos públicos por su intervención en el correspondiente procedimiento judicial( Consulta vinculante V0173-17)”
Si esto se llegara a aplicar, sería la muerte del TO. Sin embargo, el Ministerio de Justicia se ha comprometido con el CGAE a modificar este último criterio de la DGT a través de una reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Creemos y confiamos que así sea. Como así pedimos la revisión inmediata de los baremos, para retribuir como se debe a un servicio de calidad.
Desde la RED INTERNACIONAL DE ABOGADOS EUREKA, queremos nuevamente protestar, porque estamos ante un derecho fundamental de asistencia jurídica gratuita para todas las personas sin recursos que se precariza. Y así mismo, reclamamos que el servicio que prestan los abogados del Turno de Oficio sea dignamente retribuido.
Madrid, 12 de marzo de 2017.
RED INTERNACIONAL DE ABOGADOS EUREKA
COMISON TURNO DE OFICIO